Persona que, sin ser el deudor principal, pone un bien de su propiedad como garantía hipotecaria para asegurar una deuda contraída por otro. Este hipotecante responde únicamente con el bien hipotecado y no con otros bienes de su patrimonio. En caso de incumplimiento de la deuda, el acreedor puede ejecutar el bien hipotecado, pero no puede reclamar otros bienes del hipotecante no deudor.
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